La Defensoría del Pueblo de la Nación exhortó a prepagas a dar cobertura de salud a pacientes LGBT

En dos acciones llevadas a cabo en los últimos días la Defensoría del Pueblo de la Nación intervino ante OSDE y Swiss Medical para el cumplimiento de la cobertura obligatoria de salud a pacientes LGBT. La primera de esas acciones tuvo por objeto la ley de Identidad de Género. La segunda, la ley de reproducción humana asistida. Desde la FALGBT y la Defensoría LGBT acompañamos estas medidas y recordamos que ambos tratamientos han sido incorporados al Plan Médico Obligatorio, por lo que no hay razones para no garantizarlos.DSC_0394

La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans acompaña los exhortos que el Secretario General de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Carlos Haquim, ha emitido con destino a las empresas de medicina pre paga OSDE y Swiss Medical, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en las leyes de Identidad de Género y Reproducción humama asistida respectivamente.

En el primero de los casos, ante el requerimiento de una paciente de OSDE para acceder a las cirugías de adecuación de sexo, la empresa había condicionado esta práctica a la presentación de documentación psicodiagnóstica, cuestión que ha quedado desactualizada dado que la Ley Nº 26.743 de Identidad de Género impulsa la autodeterminación de la persona, reconoce como garantía personal la identidad de género de las personas y, consecuentemente, desestima todo peritaje psicomédico.

En el segundo de los casos, ante el requerimiento de una pareja igualitaria de mujeres para la cobertura de los tratamiento de reproducción humana asistida, Swiss Medical solicitó la presentación de una batería de documentación (certificados médicos, recetas, estudios clínicos, informes de laboratorio, formularios firmados por ella y por su médico, certificado de matrimonio, entre otros), a lo que la afiliada accedió y, sin embargo, la prepaga se los volvió a requerir en dos oportunidades más, imponiendo de esta manera una barrera administrativa para el acceso al tratamiento médico requerido.

Cabe recordar La Ley Nacional Nº 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida garantiza el acceso integral a los tratamientos de “reproducción médicamente asistida” (RMA), entendiendo a la misma como “los procedimientos y técnicas realizados con asistencia médica para la consecución de un embarazo. Quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones”.

Al respecto Esteban Paulón, Presidente de la FALGBT expresó “felicitamos el accionar de la Defensoría del Pueblo de Nación, y su Secretario General Carlos Haquim en estos casos, fruto del trabajo conjunto que desde la FALGBT venimos realizando. Ante la falta de cumplimiento de algunos derechos que hemos conquistado, los espacios de Defensoría LGBT que estamos impulsando en todo el país resultan indispensables para evitar atropellos y abusos discriminatorios.»

En un mismo sentido la Defensora LGBT de Buenos Aires y Secretaria de Asuntos Jurídicos de la FALGBT Dra. Flavia Massenzio agregó «insistimos en que resulta indispensable que, desde el sistema de salud, se deje de clasificar de manera patológica y, por lo tanto, se deje de discriminar a las identidades y/o expresiones de género que desafían algunas convenciones culturales y sociales que por generalizadas que sean, no conforman a la igualdad, a la libertad, al derecho ni a la justicia.»

Estos exhortos se enmarcan en el convenio de cooperación técnica suscripto por la Defensoría y la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) para reforzar su labor en la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos del colectivo LGBT.