Opinión Consultiva de Corte Interamericana DDHH sobre identidad de género e igualdad y no discriminación a parejas de mismo sexo

El pasado 24 de noviembre, la CIDH adoptó una Opinión Consultiva sobre identidad de género e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo, que fue notificada el día 9 de enero.
Costa Rica había solicitado, el 18 de mayo de 2016, una Opinión Consultiva a la Corte sobre la protección que brinda la Convención Americana sobre Derechos Humanos al reconocimiento del cambio de nombre de las personas –de acuerdo con la identidad de género de cada una– y sobre la protección que brinda la Convención al reconocimiento de los derechos patrimoniales, derivados de un vínculo entre personas del mismo sexo.
La Corte reiteró su jurisprudencia constante en el sentido que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana y que está proscrita cualquier norma, acto o práctica discriminatoria, basada en estas características de las personas. También señaló que “de igual forma, que la falta de un consenso al interior de algunos países sobre el respeto pleno por los derechos de ciertos grupos o personas que se distinguen por su orientación sexual, su identidad de género o su expresión de género, reales o percibidas, no puede ser considerado como un argumento válido para negarles o restringirles sus derechos humanos o para perpetuar y reproducir la discriminación histórica y estructural que estos grupos o personas han sufrido”.
El tribunal sostuvo también que la Convención no protege un determinado modelo de familia y que el vínculo familiar que puede derivar de la relación de una pareja del mismo sexo se encuentra protegido por esta. Por tal motivo, “estimó que todos los derechos patrimoniales que se derivan del vínculo familiar de parejas del mismo sexo deben ser protegidos, sin discriminación alguna con respecto a las parejas entre personas heterosexuales”.
El documento, cuyos puntos salientes se pueden consultar en http://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_01_18.pdf, expresa que “para garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo no es necesaria la creación de nuevas figuras jurídicas”, por lo que optó por extender las instituciones existentes a las parejas compuestas por personas del mismo sexo –que incluye el matrimonio igualitario– por entender que este sería “el medio más sencillo y eficaz para asegurar los derechos derivados del vínculo entre parejas del mismo sexo”. Y estimó que muchas veces la oposición al matrimonio igualitario se basa en “convicciones religiosas o filosóficas” y que estas “no pueden ser utilizadas para condicionar lo que la Convención Americana establece respecto de la discriminación en razón de orientación sexual”.
Desde la Federación Argentina LGBT, celebramos esta Opinión Consultiva de una Corte que es un reflejo de garantía y de protección de derechos, que recordó, además, que conforme al derecho internacional, “cuando un Estado es parte de un tratado internacional, como la Convención Americana, dicho tratado obliga a todos sus órganos, incluidos los poderes judicial y legislativo. Es por tal razón que estima necesario que los diversos órganos del Estado realicen el correspondiente control de convencionalidad aplicando los estándares establecidos en esta Opinión Consultiva”.
“Con la Ley de Identidad de Género argentina tenés acceso a los derechos que nos habían vulnerado. Claro que sin políticas públicas que tengan programas de inclusión es imposible que esos derechos sean reales. Hay generaciones de compañerxs que ya quedaron excluidxs totalmente y nunca más van a poder entrar en el circuito laboral o educativo. Esta resolución de la CIDH es importante porque es el Estado quien tiene que estar presente desde la niñez y desde la adolescencia. Una Ley de Identidad de Género otorga derechos, en primer lugar a tu identidad, a tu nombre y a tu sexo, y entonces se puede acceder a los beneficios, que son poder denunciar y exigir, porque estás empoderax de derechos. Antes no éramos nada. Con esta ley podés empezar a salir de esa exclusión social histórica, pero sin políticas públicas y un Estado presente es imposible. La democracia te da el derecho a seguir reclamando como ciudadanx y esto es lo que ha demostrado Costa Rica: hay una población que tiene el derecho de reclamar cómo quiere vivir en su país. Como ya expresé en San José, nosotras queremos conocer la democracia. En Latinoamérica, las personas trans no conocemos la democracia. Yo y tantxs compañerxs, la conocimos cuando se aprobó la Ley de Identidad de Género en Argentina. Antes, no la conocíamos”, sostiene Marcela Romero, Presidenta de la FALGBT, Secretaria General de ATTTA Red Nacional y Coordinadora Regional de la Red Latinoamericana y del Caribe de Personas Trans (REDLACTRANS), que en mayo de 2017 participó como una de las voces convocadas para hablar ante la CIDH, que se reunió en San José de Costa Rica, en virtud de la consulta del Estado costarricense a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.